Receso administrativo para la Administración Pública Provincial

La gobernadora Lucía Corpacci rubricó el Decreto Acuerdo N° 1664, mediante el cual establece receso administrativo y funcional en el ámbito de la Administración Pública Provincial, área central y descentralizada, desde el próximo 2 de enero de 2019 hasta el 31 del mismo mes.

Noticias 26/12/2018 Redacción Yo Amo Catamarca Redacción Yo Amo Catamarca
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El Artículo 3° del instrumento legal señala que quedan exceptuados la Administración General de Rentas y Administración General de Catastro, "quedando facultados los titulares de los Organismos citados a disponer la suspensión de las licencias mientras duren las tareas que resulten impostergables”.

Además, el Artículo 4° establece también que queda exceptuado el personal "que resulte necesario afectar en el servicio habitual y/o extraordinario para el cumplimiento de las tareas consideradas indispensables e impostergables en la Administración Central y Descentralizada”.

Mientras que, el Artículo 6° prevé que las áreas de Seguridad, Defensa Civil, Salud y demás servicios públicos esenciales o impostergables, para los cuales debe preverse la atención de los mismos, deben cumplir con el plan de guardia conforme lo establece el Art. 14° del Decreto Acuerdo N° 1875/94.

En tanto que el Artículo 9 del citado decreto dispone para "los beneficiarios de Becas y Planes de Empleo la no concurrencia a sus lugares de trabajo habitual” durante el mencionado receso administrativo.

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